Noticias de Actualidad
La entrada Cerca de un centenar de abogados/as han encontrado trabajo gracias al Portal de Empleo del ICAM en 2020 se publicó primero en Abogacía Española.
La entrada La Fundación Abogacía Española condena la vulneración de derechos fundamentales en la Cañada Real se publicó primero en Abogacía Española.
La entrada ¿Quién paga la factura de Filomena?: los abogados asesoran sobre la cobertura frente a los daños del temporal se publicó primero en Abogacía Española.
La entrada Nuevas medidas fiscales principales y su impacto potencial en la economía en el 2021 se publicó primero en Abogacía Española.
Rafael Guerra González, abogado
El art. 17 de la Ley 3/2020 establece la dispensa del uso de toga hasta el 20 del próximo mes de junio. El autor, tras resaltar la notable turbidez semántica de esta norma, se pregunta ¿A qué actuaciones orales y audiencias públicas se refiere? ¿Las “partes” están dispensadas del uso de toga o sus abogados? ¿La disparidad de atuendos e incluso la ausencia total de togas afectarán a las esencias del proceso?
La entrada La inconsistente obligación de usar toga se publicó primero en Abogacía Española.
La entrada El Colegio de Abogados de Jaén pone en marcha la décima edición del programa del Euro Solidario se publicó primero en Abogacía Española.
José Pajares Echeverría, abogado de Pajares & Asociados Abogados, y Diana Rivera Andrade, abogada colombiana en Rivera Andrade Estudio Jurídico, y representantes de la UIA en la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL)
Los autores consideran que las medidas concursales aprobadas para evitar las insolvencias de las empresas no podrán impedir 50.000 concursos. Proponen como solución el modelo aprobado por la legislación en Colombia: permitir a las pymes en crisis celebrar acuerdos con solo alguna categoría de sus acreedores, no con todos, de manera que puedan seguir produciendo mientras reorganizan su deuda
La entrada ¿A qué se espera para ofrecer la mejor solución a empresas en peligro de insolvencia? se publicó primero en Abogacía Española.
Raúl Páez Escámez, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
La Ley Concursal impone a la administración concursal la obligación del reconocimiento forzoso de los créditos de los trabajadores, pero los empleados deben constatar que sus deudas laborales han sido debidamente reconocidas, cuantificadas y clasificadas. El autor analiza desde el punto de vista de la jurisprudencia cómo afecta al crédito laboral su inclusión en una de las dos grandes categorías que contempla la Ley Concursal: como créditos contra la masa o como créditos concursales
La entrada La clasificación del crédito laboral en el concurso de acreedores se publicó primero en Abogacía Española.